Si has recibido una resolución favorable de residencia o estancia en España, el siguiente paso es gestionar tu TIE, el documento que acredita tu situación legal como extranjero.
¿Qué es y dónde se tramita?
La TIE la Tarjeta de Identificación de Extranjero y es obligatoria para la mayoría de las autorizaciones superiores a 6 meses y se expide únicamente en la provincia donde resides. No se emite si tu permiso dura 6 meses o menos, o si la validez de la tarjeta sería menor a 30 días.
¿Cuándo puedo solicitarla?
Para la expedición del TIE, debes solicitar cita previa en la página web de la Sede Electrónica de las Administraciones Públicas. Antes de pedir cita, asegúrate de:
- Tener resolución favorable.
- Que tu tipo de permiso incluya TIE.
- En casos de arraigo sociolaboral, haber realizado el alta en la Seguridad Social y notificado a Extranjería.
Documentación obligatoria
- Justificante de cita previa.
- Formulario EX-17 firmado.
- Pasaporte o documento válido original.
- Justificante del pago de la tasa 790 – Código 012 (no fotocopias).
- Foto tamaño 32×26 mm, fondo blanco.
- Certificado de empadronamiento reciente (excepto en casos según Ley 14/2013).
- Resolución de concesión.
- TIE anterior o denuncia por pérdida.
- Documentación adicional en caso de menores o representación legal.
Casos específicos
- Menores deben acudir con su representante legal y documentación acreditativa.
- Estudiantes con visado SME requieren informe favorable de la Delegación.
- Trabajadores transfronterizos deben presentar resolución de la Subdelegación.
En MasMigrar te ayudamos a reunir la documentación correcta y evitar errores en este paso clave. ¿Tienes dudas? Contáctanos y agenda tu asesoría.
